El gobierno publicó en el Diario Oficial de la Unión la Medida Provisional (MP) N° 1.227, que establece medidas compensatorias necesarias ante el desequilibrio provocado por el mantenimiento de la política de alivio fiscal sobre la nómina para empresas y municipios hasta 2027. El régimen de alivio fiscal debe finalizó en 2023, pero fue prorrogado por otros cuatro años por el Congreso Nacional a finales del año pasado (Ley nº 14.784/2023).
Continuar con la política de desgravación fiscal sobre la nómina costará 26.300 millones de rands en el ejercicio financiero de 2024, de los cuales 15.800 millones de rands en relación con las empresas y 10.500 millones de rands en relación con los municipios. Las medidas compensatorias, ahora anunciadas por el Ministerio de Hacienda, aportan instrumentos para combatir esta discordia en las cuentas públicas y siguen la política de reducir las distorsiones que afectan a estados y municipios, promoviendo la justicia fiscal.
Indispensable en la búsqueda del ajuste fiscal y la reorganización de las finanzas federales, el nuevo diputado actúa con el objetivo de corregir las distorsiones en el sistema tributario. La Medida Provisional ataca una de las principales distorsiones: la que involucra el sistema no acumulativo de PIS/Cofins [Programa de Integración Social / Contribución a la Financiación de la Seguridad Social], informa el Ministerio de Hacienda (MF), autor de la propuesta.
El Ministerio de Hacienda señala que las reglas de compensación anunciadas este martes representan un factor necesario dada la vigencia de la exención del impuesto sobre la nómina, pero advierte que la propuesta no implica la creación o aumento de impuestos y está en equilibrio con el presupuesto federal. Tampoco resultará en daño para los contribuyentes más pequeños y el sector productivo.
El MP anticipa algunos efectos del Proyecto de Ley N° 15/2024, específicamente el registro de beneficios fiscales, para que la Unión conozca y brinde transparencia al disfrute de decenas de beneficios fiscales.
Además, responde a las peticiones de los municipios, admitiendo que quienes ya supervisan y ponen en marcha el RTI en sus territorios también puedan juzgar los procesos administrativos resultantes, siguiendo siempre las directrices interpretativas de la Unión.
Guión
Como señala el MF, el carácter no acumulativo de los PIS/Cofins debería ser un instrumento para una tributación efectiva y neutral en las cadenas de producción a consumo, en la que cada contribuyente, al recaudar el impuesto, deduzca el monto incurrido en operaciones anteriores. . En un sistema sano, la acumulación de créditos debería ser la excepción y el reembolso en efectivo algo absolutamente raro.
Sin embargo, a lo largo de los años, los cambios legislativos, además del sistema no acumulativo “base sobre base” de PIS/Cofins, revirtieron esta lógica. Actualmente, la acumulación de créditos se está convirtiendo en la regla para ciertos contribuyentes, siendo incluso común la “imposición negativa”. Esto termina siendo una especie de subsidio no transparente, en el que la empresa no sólo está “exenta”, sino que recibe dinero de las autoridades fiscales en forma de reembolso de presuntos créditos, por ejemplo.
Según la Hacienda Federal, según el modelo actual, hay casos de empresas que, además de no recaudar el PIS/Cofins, tampoco recaudan de las autoridades tributarias el IRPF y la contribución social retenida de los salarios de sus empleados. En otras palabras, el contribuyente (empleado) sufre una carga, pero el responsable de pagar los impuestos (empleador) se apropia del monto.
Ajuste
Para reducir esta distorsión, el MP mantiene el sistema no acumulativo PIS/Cofins en su concepción original: permitiendo la compensación sólo en este sistema y con esas mismas contribuciones, y no con otros impuestos.
El crédito presunto –que es una “ficción jurídica” y no corresponde al valor efectivamente cobrado en la cadena de producción y consumo- no puede reembolsarse en efectivo. Esto evitará “impuestos negativos” o “subsidios” para estas empresas.
Esta prohibición de reembolso de créditos presuntos es, en rigor, la norma actualmente vigente. Sin embargo, quedan ocho situaciones en las que la ley todavía permite el reembolso en efectivo, lo que representó 20 mil millones de rands en solicitudes de reembolso en 2023. Estos casos ahora serán corregidos por el MP.
Es importante resaltar que el MP no extingue ningún crédito, ni siquiera los de estos ocho casos de crédito presunto, ni impide compensaciones amplias en el ámbito de lo no acumulativo, con el propio PIS/Cofins. En el caso de créditos en general (excepto los presuntos), no se excluye la posibilidad de reembolso en efectivo.
Los puntos principales del nuevo diputado.
Créditos PIS/Cofins en general
Sólo serán compensables bajo el sistema no acumulativo, sin compensar con otros impuestos o de forma “cruzada”, excepto con las deudas propias de PIS/Cofins;
Se mantiene la posibilidad de reembolso en efectivo, previo análisis del derecho de crédito.
Crédito presunto PIS/Cofins
Las leyes más recientes ya prohíben el reembolso en efectivo, impidiendo la “imposición negativa” o los “subsidios financieros” para los sectores cubiertos;
El MP amplía esta prohibición al reembolso de los ocho casos que quedaron pendientes y que representaron R$ 20 mil millones reclamados en 2023;
La posibilidad de compensación en el sistema no acumulativo no cambia, es decir, el derecho permanece, mientras exista impuesto a pagar por el contribuyente.
Fuente: Ingresos Federales de Brasil.


