El 13 de julio de 2023 se promulgó la Ley 14.620/23, que promueve modificaciones al Código de Procedimiento Civil, con el fin de dispensar la exigencia de testigos en los contratos electrónicos, que ahora se reconocen como títulos ejecutivos extrajudiciales. Esta medida tiene como objetivo simplificar y agilizar la formalización de las transacciones jurídicas realizadas por medios digitales, además de facilitar el cobro legal de estos contratos en caso de incumplimiento.
Según lo establecido por la ley, los contratos electrónicos que cuenten con la firma digital de las partes, certificada por una entidad acreditada de acuerdo con la legislación específica, o que se firmen utilizando cualquier otro medio que confirme la autenticidad e integridad, según lo previsto en las leyes o normas técnicas. No requieren la presencia de testigos para ser considerados títulos ejecutivos extrajudiciales. Esto significa que estos contratos pueden ser ejecutados directamente ante los tribunales, sin necesidad de acción de conocimiento previo, si hay incumplimiento de alguna obligación.
Antes de la nueva medida, los contratos digitales también contaban con la firma de dos testigos. Esto se debe a que la ley sólo reconocía como ejecución extrajudicial los contratos firmados por dos testigos.
Esta ley representa un avance en el sistema jurídico brasileño, reconociendo la importancia y validez de los contratos electrónicos como instrumentos jurídicos capaces de producir efectos a nivel procesal. Además, contribuye a la reducción de la burocracia y agilidad en las transacciones jurídicas realizadas a través de medios digitales, que tienden a crecer cada vez más en la sociedad contemporánea.
Fuente: Planalto.gov


