Ley faculta a los Contadores a autenticar documentos

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La Ley 13.874/19, que modificó la Ley 8.934/94, que establece el Registro Público de Sociedades Comerciales y Actividades Conexas, determina que el contador, o el abogado del interesado, puede declarar la autenticidad de la copia del documento, así No se requiere autenticación.

La Instrucción Normativa DREI N° 60 considera abogado o contador del interesado al profesional que firma la solicitud del acto tomado para su registro. Junto a la Declaración de Autenticidad, la Instrucción Normativa establece que se deberá presentar una copia simple de la tarjeta profesional.

Entre las consideraciones del IN para abrir el permiso a contadores y abogados para declarar la autenticidad de los documentos, está el principio de buena fe en la relación entre el Estado y las empresas; la necesidad de simplificar y reducir la burocracia en el registro de empresas y reducir la posibilidad de fraude y aumentar las sanciones a los responsables si se produce.

Para el presidente de la CFC, este es un paso más del Gobierno para mejorar el entorno empresarial, simplificando los trámites de registro de empresas. “Pero lo más importante es el reconocimiento de la fe pública de los contadores para certificar la autenticidad de los documentos, lo que resalta la importancia y confiabilidad de nuestra profesión”.

Consejo Federal de Contabilidad.

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